La decisión da cumplimiento al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N.° 695 del 2 de agosto de 2024, e implementa el sistema TAD para efectuar notificaciones de actos administrativos. La cuenta de TAD será considerada como Domicilio Especial Electrónico constituido, donde serán válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones que se realicen desde el INT.
¿Qué quiere decir esto?
Las solicitudes de aportes continuarán realizándose en la plataforma del INT, pero las notificaciones, los resultados de las evaluaciones, las intimaciones por falta de rendición y cualquier acto administrativo serán comunicadas vía TAD, sustituyendo el uso del correo electrónico y la carta documento.
Este requerimiento alcanzará tanto a las personas responsables como a las personas integrantes de cualquier proyecto que reciba aportes del INT a partir del 1° de enero de 2025.
Ver preguntas frecuentes del INT en el siguiente enlace.
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¿Qué es el TAD?
El TAD, instrumentado por el Decreto 1063/2016, es una sede virtual o ventanilla única electrónica que permite a la ciudadanía realizar trámites o recibir notificaciones fehacientes de la Administración Pública Nacional durante las 24 horas del día, desde cualquier dispositivo con conexión a internet (computadora, tableta, celular), sin tener que acudir a una oficina pública.
Este módulo permite que la ciudadanía realice sus presentaciones e inicie expedientes en forma electrónica, por cuenta propia o a través de una persona apoderada. Entre sus funciones se encuentran: subsanar documentos, tomar vista de un expediente, notificar en forma fehaciente y realizar pagos. Además, en todo momento, la persona puede consultar de manera remota sus trámites: la fecha de inicio, el código del expediente, el estado actual, el último destino, el nombre del trámite y el motivo.
MANUAL DE USUARIO DE PLATAFORMA TAD y MANUAL PARA CONSULTAR LAS NOTIFICACIONES en el portal de Trámites a Distancia
Ante cualquier consulta no duden en comunicarse con su representación provincial.