En caso de publicaciones periódicas, las mismas deben tener como mínimo un 80% de contenido teatral, tener al menos una edición en los últimos 5 años, no haber solicitado -en el mismo año- otro subsidio de publicación periódica de teatro. A tales fines, se consideran publicaciones diferentes cuando sus integrantes no coincidan en más de un 40%.
Por el lado de las publicaciones eventuales, las mismas deben ser exclusivamente de contenido teatral, y no tener pendiente de edición otra/s publicación/es eventual/es que haya/n solicitado subsidio para edición de publicación eventual de teatro al INT en el mismo año que presenta esta solicitud. A tales fines, se consideran publicaciones eventuales diferentes cuando sus integrantes no coincidan en más de un 40%. En caso de detectarse que la publicación eventual o más del 40% de éste tiene presentada una solicitud para edición de publicación eventual de teatro al INT y que la misma aún no se ha editado, la última solicitud presentada quedará sin efecto y la misma será rechazada por la correspondiente representación provincial del INT y/o archivada en la Sede Central. La fecha de edición de la publicación deberá enmarcarse con posterioridad a la fecha de la presentación de la solicitud al concurso.
La convocatoria será mediante formulario en la web del INT y estará abierta hasta el 14 de abril de 2023 inclusive.