CONVOCATORIA abierta

Argentina

Producción de Espectáculo Teatral Interdisciplinario o Multidisciplinario

El INT apoya la producción de espectáculos con aportes económicos que contribuyen a su realización y al pago de los honorarios de las actrices, actores, directoras y directores involucrados (art. 4° y 21° de la Ley 24.800 y art. 3°, 4º y 6º de su Decreto Reglamentario Nº 991/97).

cierre: 31 • julio • 2025
Fomento

enlaces de interés

INFORMACIÓN IMPORTANTE

El elenco deberá: 

  • Estar registrado en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital en https://inteatro.ar/registro/); si la persona responsable de cobro es una Persona Jurídica, la misma deberá estar registrada como Entidad/Sociedad. La conformación del elenco debe coincidir con lo consignado en el Registro Nacional del Teatro Independiente. En el caso de ocurrir una modificación, deberá actualizarse el Registro. 
  • No estar inhabilitado por el INT, así como ninguna persona que lo integre. 
  • No tener pendiente de estreno otra/s producción/es que hayan recibido subsidios y/o aportes para producción de espectáculo de este INT. A tales fines, se consideran elencos diferentes cuando no compartan más de un 40% de sus integrantes. En caso de detectarse que el elenco tiene presentada una solicitud de producción de espectáculo a este INT y que la misma aún no se ha estrenado, la última solicitud presentada quedará sin efecto y la misma será rechazada por la correspondiente Representación Provincial del INT y/o archivada en la Sede Central. 
  • Presentar sólo UNA (1) solicitud de aporte en la presente convocatoria. A tales fines, se consideran elencos diferentes cuando sus integrantes no coincidan en más de un cuarenta por ciento (40 %). En caso de detectarse que el elenco o más del 40 % de éste tiene presentada una solicitud de producción de espectáculo a este INT, la última solicitud presentada quedará sin efecto y la misma será rechazada por la correspondiente Representación Provincial del INT y/o archivada en la Sede Central. 
  • Realizar la inscripción con antelación al estreno del espectáculo. 
  • Declarar que al menos el 50% de las personas participantes del proyecto (entre ellas, la Persona Responsable) cuentan con un mínimo de dos años de residencia en la provincia por la cual se solicita el aporte. 
  • Estrenar el espectáculo en la provincia por la cual solicita el aporte.
  • Todas las personas que integren el elenco deberán tener el CUIT habilitado en TAD (Trámite a Distancia) mediante el que se notificarán los actos administrativos que correspondan.

Los requisitos son obligatorios; no se dará curso a las solicitudes de aquellos elencos que no cumplan con la totalidad de los mismos.

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